El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 28 de enero de 2026 que establece un precedente sobre el derecho de paso en fincas. Esta decisión permite la instalación de vallas, pero prohíbe cámaras y alarmas que intimiden a los usuarios.
La sentencia aclara que la incomodidad no implica una vulneración del derecho de paso. Según la magistrada Celia Miravalles, «la incomodidad no equivale a vulneración del derecho de paso».
En este contexto, se menciona que el empresario Víctor de Aldama presentó un escrito ante el tribunal con grabaciones que corroboran sus declaraciones sobre comisiones por la venta del cuartel general de la Sepi.
Aldama sostiene que la trama criminal en el Ministerio se dedicaba a amañar contratos de obra pública a cambio de comisiones. Este caso incluye peticiones severas contra José Luis Ábalos, quien enfrenta una posible condena de 24 años por delitos graves.
Datos clave del caso:
- Aldama afirma que se pagaron 5 millones de euros en comisiones.
- Las mordidas ascienden a 3.5 millones.
- La grabación presentada fue realizada el 9 de abril de 2019.
Aldama había presentado una propuesta formal a la Sepi el 5 de noviembre de 2018. La sentencia también establece un límite entre proteger la propiedad y vulnerar derechos ajenos.
Aún quedan preguntas sobre cómo esta decisión afectará otros casos similares en el futuro. La próxima audiencia relacionada está programada para el 12 de mayo.










